Decreta el Gobierno de Yucatán estado de emergencia

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Decretan el Gobierno de Yucatán estado de emergencia
Decretan el Gobierno de Yucatán estado de emergencia

El Gobierno de Yucatán, publicó en el Diario Oficial el decreto 195/2020 para declarar el estado de emergencia con motivo del alto riesgo generado por la pandemia de Covid-19 en el Estado.

El documento reconoce la epidemia de enfermedad por el virus SARS-CoV-2 (COVID-19) en México, como una enfermedad grave de atención prioritaria y establece las actividades de preparación y respuesta ante dicha epidemia. 

“Estamos a tiempo para fortalecer las acciones de prevención y control del contagio del Covid-19, pero es imprescindible contar con recursos extraordinarios para tratar de contener el avance de la pandemia, aplanar la curva de contagio y realizar de esta forma acciones preventivas que mitiguen las consecuencias de este padecimiento en épocas críticas y evitar el colapso de los servicios de salud, por lo que he tenido a bien expedir el presente”, señalan en el Diario Oficial. 

Ante esto indica que: 

1.- Se autoriza al Gobierno del Estado el uso de los recursos del Fondo para la Atención de Emergencias y Desastres del Estado de Yucatán, para que se continúe la implementación y operación de las medidas de prevención, seguridad, detección y mitigación de la propagación del Covid-19 (coronavirus), para salvaguardar la vida, integridad y salud de la población del estado de Yucatán. 

2.- El estado de emergencia comenzará a partir de la entrada en vigor de esta declaratoria. 

3.- El Consejo Estatal de Protección Civil se instalará en el Comité Estatal de Emergencias y estará encargado de fungir como mecanismo de coordinación de las acciones a emprender en términos de la Ley de Protección Civil del Estado de Yucatán. 

4.- Este decreto y la declaratoria que contiene entrarán en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial del Gobierno del Estado de Yucatán y tendrán vigencia en tanto dure la situación de emergencia prevista en la declaratoria. 

5.- El Comité Estatal de Emergencias deberá instalarse en un plazo no mayor de cuarenta y ocho horas a partir de la entrada en vigor de este decreto.